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Convocatoria para la elección de consejeros representantes de los alumnos de licenciatura y posgrado de las Unidades UPN (con excepción de la CDMX) ante el Consejo Académico periodo 2019-2021

 

En cumplimiento con lo dispuesto en el Artículo 14 del Decreto de Creación de la Universidad Pedagógica Nacional y los Artículos 1, 2, 3 y 6 del Reglamento del Consejo Académico, la Comisión Electoral, elegida por el Consejo Académico, con fundamento en lo establecido en los Artículos 36, 37, 38, 39, 40, 41 y 46 del Reglamento del Consejo Académico

 

CONVOCA

 

a los alumnos de las Unidades UPN a participar en la elección de un representante estudiantil titular, así como un representante suplente por cada uno en los niveles de licenciatura y posgrado, ante el Consejo Académico para el periodo 2019-2021, quienes durarán en su cargo dos años. La elección será mediante voto universal, libre, personal, directo y secreto de acuerdo con las siguientes

BASES 

PRIMERA.- Para ser consejero académico representante de los alumnos de licenciatura como del posgrado se requiere:

I. Ser mexicano o inmigrado.

II. Estar inscrito en la Universidad en el semestre lectivo durante el cual se realice la elección, como alumno regular de licenciatura o posgrado.

III. No formar parte del personal de la Institución.

IV. Haber obtenido en el transcurso de sus estudios en la UPN un promedio de calificación mínimo de 8.

Los alumnos de primer semestre deberán acreditar el mismo promedio en el ciclo inmediato anterior.

Con objeto de acreditar fehacientemente el cumplimiento de los requisitos antes señalados, los integrantes de las planillas, tanto propietario como suplente, deberán presentar conjuntamente con su solicitud de registro la siguiente documentación:

1.- Historia académica actualizada y

2.- Último comprobante de inscripción

SEGUNDA.- Para la procedencia del registro, los integrantes de la planilla solicitante deberán cubrir los siguientes requisitos:

I. Cumplir con los cuatro puntos señalados en la Base PRIMERA de esta convocatoria;

II. Solicitar por escrito a la Comisión Electoral, el registro de la planilla integrada por un propietario y un suplente; indicando nombre, dirección, teléfonos y/o correo electrónico de los candidatos propuestos.

III. Manifestar por escrito su aceptación;

IV. Conjuntamente con la solicitud de registro, indicar el nombre, domicilio y teléfono de la persona que representará a la planilla durante el desarrollo del proceso electoral, y

V. La planilla debe registrarse dentro de los 15 días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de esta convocatoria través del correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

TERCERA.- Podrán participar en la elección como candidatos, los alumnos que cubran los requisitos establecidos en la normatividad aplicable; y en las BASES anteriores descritas en esta convocatoria y que obtengan de la Comisión Electoral el registro solicitado.

CUARTA.- Cada planilla se identificará por la selección de dos colores; la Comisión Electoral ratificará el registro de cada planilla y en caso de existir coincidencia en cuanto a los colores de la planilla, la última en registrarse deberá modificarlos en coordinación con la Comisión Electoral.

QUINTA.- Podrán participar como electores aquellos alumnos que estén inscritos en forma regular en la UPN.

SEXTA.- Los candidatos y sus simpatizantes podrán realizar actos de propaganda electoral desde el día en que se les notifique el otorgamiento del registro de la planilla y hasta el 22 de marzo, 24 horas antes de la elección. La propaganda deberá realizarse en términos de respeto recíproco y de comportamiento universitario. La inobservancia de esta disposición hará acreedores a los responsables de una sanción que será determinada por la Comisión Electoral y puede dar lugar a la cancelación del registro de la planilla 

SEPTIMA.- La votación se efectuará en cada Unidad y subsede UPN (con excepción de la CDMX), en el área que se designe para tal efecto el día 30 de marzo, de las 9:00 a las 15:00 horas

OCTAVA.- En cada Unidad y subsede UPN (con excepción de la CDMX) se instalará una casilla en la que podrá estar presente con carácter de observador, un representante de cada una de las planillas registradas, quien deberá estar debidamente acreditado ante la Comisión Electoral, cuando menos con 5 días hábiles de anticipación a la jornada electoral.

En las mismas condiciones, dichas planillas podrán designar a aquel que en su representación habrá de presenciar el cómputo total de los votos.

NOVENA.- Los electores podrán ejercer su derecho al voto únicamente por una de las planillas registradas. Pare ejercer el día de las votaciones su voto, deberán presentar su credencial de estudiante, credencial del INE, cartilla militar o pasaporte.

El recuento final se realizará al término de la votación con la presencia del Director de cada Unidad y/o subsede, así como dos representantes estudiantiles, que pueden ser los representantes de las planillas, en caso de contar con representación, o dos estudiantes que funjan como testigos para dicho fin.

Los resultados de este recuento deberán enviarse, por escrito en archivo PDF, el mismo día del cierre de las votaciones, al correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Los resultados de las votaciones se publicarán en la página web de la UPN el día 2 de abril del presente año.

El cómputo de votos se efectuará por la Comisión Electoral el 30 de marzo después de las 15:00 horas, de manera pública. Los resultados de las votaciones se publicarán en la página web de la UPN el día 2 de abril del presente año.

Las apelaciones sobre los resultados de las elecciones que dé a conocer la Comisión Electoral, deben hacerse ante el Consejo Académico dentro de las 24 horas siguientes a la notificación correspondiente.

DECIMA.- El Consejo Académico resolverá en un plazo de 72 horas, las apelaciones al proceso electoral, interpuestas por los alumnos.

DECIMA PRIMERA.- Un voto será nulo cuando:

I. El votante hubiese seleccionado más de una planilla registrada;

II. En la boleta aparezca cualquier tipo de texto o anotación distinta a la expresión de voto;

III. La boleta hubiera sido depositada en blanco;

IV. El voto se hubiera otorgado a una planilla cuyo registro haya sido cancelado.

DECIMA SEGUNDA.- En caso de duda se aplicará lo dispuesto por el Reglamento Vigente del Consejo Académico. 

Ciudad de México, 18 de febrero de 2019.

 

A T E N T A M E N T E

“EDUCAR PARA TRANSFORMAR”

LA COMISIÓN ELECTORAL

 

XOCHITL LETICIA MORENO FERNANDEZ

PRESIDENTA DE LA COMISIÓN

 

JUAN FLORES VÁZQUEZ

REPRESENTANTE DEL PERSONAL ACADÉMICO

 

NORMA BOCANEGRA GASTÉLUM

REPRESENTANTE DEL PERSONAL ACADÉMICO

 

LUIS VALENTINO PACHECO ENRIQUEZ

REPRESENTANTE ESTUDIANTIL DE LICENCIATURA

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