Convocatoria para la elección de consejeros académicos representantes del persona académico de las Unidades UPN (con excepción de la CDMX)
En cumplimiento con lo dispuesto en el Artículo 14 del Decreto que Crea la Universidad Pedagógica Nacional publicado el 29 de agosto de 1978 en el Diario Oficial de la Federación y con fundamento en los Artículos 1, 2 , 3, 6, 36, 37, 38, 39, 40, 41 y 46 del Reglamento del Consejo Académico
CONVOCA
Al personal académico de las Unidades UPN, a participar en el proceso de elección de dos representantes académicos, un titular y un suplente, ante el Consejo Académico para el periodo 2019-2021, mediante voto universal, libre, personal y secreto.
La elección será de acuerdo con las siguientes
BASES
PRIMERA.- Para ser consejero representante del personal académico se requerirá:
I. Ser mexicano o inmigrado.
II. Formar parte del personal académico o técnico académico de la Universidad Pedagógica Nacional.
III. Haber sido dictaminado por la Comisión Académica Dictaminadora.
IV. Dedicar un mínimo de 20 horas semanales al servicio de la Universidad.
V. No desempeñar al servicio de la Institución cargos de confianza en los términos del Artículo 30 del Decreto de Creación de la Universidad Pedagógica Nacional, y
VI. No haber cometido faltas graves contra la disciplina universitaria, en los términos que señalan las disposiciones aplicables.
SEGUNDA.- La elección de los consejeros académicos representantes se realizará por planillas registradas. Estas deberán incluir los nombres del candidato propietario y del candidato suplente.
TERCERA.- Para la procedencia del registro los integrantes de la planilla solicitante deberán cubrir los siguientes requisitos:
I. Cumplir con los requisitos señalados en la base primera de esta convocatoria;
II. Solicitar por escrito a la Comisión Electoral el registro de la planilla integrada por un propietario y un suplente; indicando nombre, dirección, teléfonos y correo electrónico de los candidatos propuestos.
III. Manifestar por escrito su aceptación;
IV. Conjuntamente con la solicitud de registro, indicar el nombre, domicilio, teléfono y correo electrónico de la persona que representará a la planilla durante el desarrollo del proceso electoral.
V. La planilla debe registrarse dentro de los 15 días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de esta Convocatoria a través del correo electrónico
CUARTA.- Los miembros del personal académico de las Unidades UPN, independientemente de su categoría y nivel, votarán de acuerdo con los Artículos 31 y 32 del Reglamento del Consejo Académico para elegir a los representantes del personal académico.
QUINTA.- Cada planilla se identificará por la selección de dos colores; la Comisión Electoral ratificará el registro de cada planilla y en caso de existir coincidencia en cuanto a los colores de la planilla, la última en registrarse deberá modificarlos en coordinación con la Comisión Electoral.
SEXTA.- Los candidatos y sus simpatizantes podrán realizar actos de propaganda electoral desde el día en que se les notifique el otorgamiento del registro de la planilla y hasta 24 horas antes de la celebración de la elección. La propaganda deberá efectuarse en términos de respeto recíproco y de comportamiento universitario. La inobservancia de esta disposición hará acreedores a los responsables de la sanción que determine la Comisión Electoral y puede dar lugar a la cancelación del registro de la planilla.
SÉPTIMA.- Las votaciones se efectuarán en cada Unidad y subsede UPN (con excepción de la CDMX), en el área que se designe para tal efecto el día 30 de marzo, de las 9:00 a las 15:00 horas
OCTAVA.- En cada Unidad y subsede se instalará una casilla en la que podrá estar presente con carácter de observador, un representante de cada una de las planillas registradas, quien deberá estar debidamente acreditado ante la Comisión Electoral, cuando menos con 5 días hábiles de anticipación a la jornada electoral.
El recuento final se realizará al término de la votación con la presencia del Director de cada Unidad y/o responsable de la subsede, así como dos representantes académicos, que pueden ser los representantes de las planillas, en caso de contar con representación, o dos académicos que funjan como testigos para dicho fin.
Los resultados de este recuento deberán enviarse, por escrito en archivo PDF, el mismo día del cierre de las votaciones, al correo electrónico
NOVENA.- El cómputo final de los votos lo efectuará la Comisión Electoral inmediatamente después de recibir las votaciones.
DÉCIMA. Un voto será nulo cuando:
I. El votante hubiese seleccionado más de una planilla registrada;
II. En la boleta aparezca cualquier tipo de texto o anotación distinta a la expresión de voto;
III. La boleta hubiera sido depositada en el blanco;
IV. El voto se hubiera otorgado a una planilla cuyo registro haya sido cancelado.
DÉCIMA PRIMERA.- Las apelaciones sobre los resultados de las elecciones que dé a conocer la Comisión Electoral, deberá hacerse ante el Consejo Académico dentro de las 24 horas siguientes a la notificación correspondiente.
El Consejo Académico deberá resolver en definitiva, en un plazo no mayor de 72 horas, después de recibir las apelaciones.
DÉCIMA SEGUNDA.- Cualquier caso no previsto en la presente convocatoria será resuelto por la Comisión Electoral con base en lo establecido en el Reglamento vigente del Consejo Académico.
ATENTAMENTE
“EDUCAR PARA TRANSFORMAR”
LA COMISIÓN ELECTORAL
Ciudad de México, 18 de febrero de 2019.
XOCHITL LETICIA MORENO FERNANDEZ
PRESIDENTA DE LA COMISIÓN
JUAN FLORES VÁZQUEZ
REPRESENTANTE DEL PERSONAL ACADÉMICO
NORMA BOCANEGRA GASTÉLUM
REPRESENTANTE DEL PERSONAL ACADÉMICO
LUIS VALENTINO PACHECO ENRIQUEZ
REPRESENTANTE ESTUDIANTIL DE LICENCIATURA